Normativa
La normativa que no figura aquí, se encuentra publicada en la Guía Académica.
1. Condiciones de admisión y matrícula
1. El Centro está abierto a cualquier candidato que cumpla
los requisitos de admisión.
2. Los alumnos pueden ser ordinarios o extraordinarios.
2.1.Alumnos ordinarios son quienes pueden aspirar a la
Licenciatura en Estudios Eclesiásticos (Bachiller en
Teología) que otorga la Facultad de Teología del Norte de
España (Burgos), o a la Diplomatura en Estudios
Eclesiásticos que otorga el Estudio Teológico Agustiniano.
Para ser considerado alumno ordinario se requiere:
a) Poseer el título de enseñanza media que permite
acceder a los estudios universitarios, ya que "para
que uno pueda ser inscrito en la Facultad con el
fin de conseguir grados académicos, debe
presentar el título de estudio que se requiera para
ser admitido en la Universidad civil de la propia
nación o de la región donde está la
Facultad" (Const. Apost. Sapientia Christiana, art
32 #1), recordado a los Centros Afiliados por
circular de la Congregación para la Educación
Católica, prot. 550/98 del 30 de mayo de 1998.
b) Realizar sistemáticamente los cursos completos
fijados por el Plan de Estudios.
2.2.Alumnos extraordinarios : Los alumnos que no cumplan
los requisitos anteriores serán alumnos extraordinarios y
podrán obtener un certificado de los estudios realizados
emitido por el Centro. Los alumnos extraordinarios podrán
cursar el sexenio completo o matricularse de algunas
asignaturas sueltas.
2.3.Lugar para formalizar la matrícula: Secretaría del Centro.
2.4.Tipos de matrícula: matrícula de curso completo y
matrícula en asignaturas sueltas.
2.5.Plazo de matrícula: segunda quincena de septiembre.
2.6.Documentación que hay que presentar:
a) Alumnos que se matriculan por primera vez :
- Permiso escrito de su Ordinario o Superior
(si fueran sacerdotes, religiosos o
seminaristas) o una carta de presentación
de persona conocida del Centro (en el
caso de que fueran seglares). La Dirección
del Centro podrá dispensar al solicitante
de tal requisito.
- Fotocopia del DNI.
- Dos fotos tamaño carnet.
- Cumplimentar el impreso que se facilita en Secretaría.
- Abonar las tasas correspondientes.
- Para formalizar la matrícula como alumno ordinario,
tanto si es en primer curso,como si procede de otro Centro
Eclesiástico para continuar los estudios,
deberá presentarse el título que permite el
acceso a la Universidad, bien sea:
- Certificado Oficial de Estudios de COU. No
se requiere selectividad, si se tiene
aprobada presentar fotocopia de la
tarjeta.
- Documento que acredite haber superado
el examen de mayores de 25 años en la
facultad de Teología de Burgos.
- Otro título acreditativo que permita el
acceso a la Universidad civil española.
- Si el alumno ha realizado cursos
completos o asignaturas sueltas del Ciclo
Institucional de Filosofía-Teología en
algún Centro Eclesiástico (entendiendo
por tal Facultad de Teología, Centro
Integrado, Centro Agregado o Centro
Afiliado) deberá presentar un Certificado
Oficial de los estudios cursados con
especificación de las
asignaturas, horas lectivas o créditos y
calificaciones recibidas con el fin de poder
convalidar dichos estudios según se indica
en el apartado de convalidaciones. A la
vista del expediente la Dirección le
indicará al alumno, durante el plazo de
matrícula, los cursos o asignaturas en que
debe inscribirse para proseguir sus
estudios. No se abonarán tasas por las asignaturas y cursos así convalidados.
Mientras no se cumpla este requisito el alumno será considerado como extraordinario.
- El alumno que formalice la matrícula
como alumno extraordinario, bien de un
curso completo, bien de asignaturas
sueltas, deberá presentar un Certificado
de los estudios previos realizados. La
Dirección del Centro juzgará en su caso si
la titulación que posee el solicitante es
suficiente para matricularse, pudiendo
denegar la matrícula en caso de que no lo
sea.
b) Alumnos que renuevan matrícula
- Abonar las tasas correspondientes.
- Si el alumno es extraordinario y quiere
pasar a la condición de alumno ordinario,
presentar la documentación pertinente.
- No podrá matricularse en un curso como
alumno ordinario quien tenga sin aprobar
de cursos anteriores más de una materia
principal, o más de dos secundarias, o
una principal y otra secundaria.
2. Examen de acceso a la Universidad para mayores de 25
años
a) La Facultad de Teología del Norte de
España - Sede de Burgos fija las fechas
para dicho examen, teniendo lugar dos
convocatorias: en Septiembre y en Junio.
El examen tiene lugar en el Centro Afiliado
en las fechas y modos que la Facultad
establece.
b) En la Secretaría del Estudio se facilitará a
los alumnos la información pertinente.
3. Becas
a) Para la tramitación de las Becas ante la
Facultad de Teología del Norte de España,
sede Burgos, convocadas por el MEC el
alumno deberá dirigirse a la Secretaría del
Estudio siempre en los plazos marcados
por la legislación vigente.
b) El Centro sólo tramitará las becas de los
alumnos ordinarios que son quienes
cumplen los requisitos exigidos para la
solicitud de becas universitarias.
4. Convalidaciones
El proceso a seguir en las convalidaciones de asignaturas
solicitadas al Estudio por alumnos ordinarios y cuyo
refrendo se reserva la Facultad de Teología, es el
siguiente:
a) Si el alumno ha realizado ya cursos
completos o asignaturas sueltas del Ciclo
Institucional de Filosofía-Teología en algún
Centro Eclesiástico (entendiendo por tal
Facultad de Teología, Centro Integrado,
Centro Agregado o Centro Afiliado) el
Director del Centro procederá a convalidar
las asignaturas cursadas, siempre que se
dé un número equivalente de horas
lectivas, y presentará dicha convalidación
a la Facultad de Teología para su refrendo.
En caso de duda o de diferencias notables
entre los planes de estudio se resolverá
siguiendo el apartado
b) En todos los demás casos el alumno
deberá matricularse de las asignaturas en
el plazo y modo ordinario abonando las
tasas correspondientes aunque piense
solicitar convalidación de dichas
asignaturas. El proceso a seguir será:
● Presentar en Secretaría una solicitud
dirigida al Director pidiendo la
convalidación. Debe adjuntarse a dicha
solicitud el programa cursado de la
asignatura debidamente sellado por la
Dirección o Secretaría del Centro
respectivo y, si no se encuentra ya en
Secretaría, añadir el Certificado Oficial de
Estudios con indicación de las horas
lectivas o créditos correspondientes a
dicha materia y la calificación recibida en
la misma. El plazo de presentación de la
documentación abarca exclusivamente las
dos primeras semanas lectivas del primer
cuatrimestre del curso escolar. Asimismo
el alumno debe comunicar al profesor de
la asignatura que ha solicitado en
Secretaría la convalidación de la misma.
● Sólo si está completa la documentación
será tramitada por Secretaría al Director
del Departamento al que se encuentra
adscrita la materia. Reunido el
Departamento decidirá si es pertinente o
no convalidar dicha asignatura. El Director
del Departamento hará llegar por escrito a
la Secretaría, antes de finalizar la cuarta
semana lectiva, lo acordado. La Secretaría
le comunicará inmediatamente al alumno
lo decidido.
● Si la opinión del Departamento es
favorable, el Director del Centro
convalidará la asignatura y presentará
dicha convalidación a la Facultad de
Teología para su refrendo.
5. Escolaridad
5.1.La escolaridad es obligatoria.
5.2.No asistir a más de un tercio de las clases
establecidas por el calendario escolar conlleva la
pérdida del derecho a presentarse a examen.
a) El Director podrá, por causas muy
justificadas, exceptuar en casos concretos
la norma anterior y se lo hará saber por
escrito al Profesor de la asignatura.
6. Calificaciones y Convocatorias de Exámenes
6.1.Los criterios de calificación (notas) adoptados por
el Centro son los siguientes: 1-4 suspenso, 5-6
aprobado, 7-8 notable, 9-10 sobresaliente.
6.2.Cada asignatura tendrá cuatro convocatorias de
examen consideradas como ordinarias y una de
gracia o extraordinaria.
6.3.La primera convocatoria ordinaria se realizará
exclusivamente al final de la docencia de cada
materia: febrero o junio para las asignaturas que
se han cursado en cada uno de los semestres.
6.4.La segunda convocatoria tendrá lugar en el mes
de septiembre siguiente al curso en el que se ha
impartido la asignatura, en las fechas de
exámenes fijadas por la Secretaría del Centro.
6.5.La tercera y cuarta convocatoria se realizarán en
el mes de septiembre de los sucesivos años
académicos, siempre en las fechas de exámenes
establecidas por la Secretaría del Centro.
6.6.La matrícula en una asignatura da derecho a la
primera y segunda convocatoria. En el caso de la
tercera y cuarta el alumno deberá matricularse
para el examen en Secretaría antes del 15 de
junio, abonando en dicho momento los derechos
de examen sin los que la inscripción no es válida.
Secretaría sólo fijará fechas de exámenes en
septiembre, de tercera y cuarta convocatoria, para
las asignaturas en las que se hayan inscrito
alumnos antes del 15 de junio.
6.7.Las cuatro convocatorias serán consecutivas en el
tiempo y se considerarán agotadas aunque el
alumno no se presente o no se matricule. El
alumno podrá solicitar a la Dirección del Centro,
previamente a la fecha de examen, por escrito y
por causa justificada, que la convocatoria no se le
contabilice.
6.8.La quinta convocatoria, extraordinaria o de gracia,
habrá de ser solicitada por escrito a la Dirección
del Centro que fijará la fecha del examen para la
misma. El alumno deberá abonar los derechos de
examen correspondientes.
6.9.El alumno podrá solicitar la convocatoria
extraordinaria aunque no haya agotado las
ordinarias, bien entendido que dicha convocatoria
es la última y una vez realizada ésta se pierde el
derecho a cualquier nueva posibilidad de examen.